QUÉ ES /ÁMBITO DE ACTUACIÓN
Ámbito de Actuación
De acuerdo con la Ley 1/1988 de creación del TVCP, el ámbito de fiscalización es el siguiente:
• La actividad del Sector Público Vasco, integrado por:
- Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- La Administración Institucional integrada por los Organismos Autónomos, Entes Públicos de Derecho Privado, Sociedades Públicas y Fundaciones.
- Las Juntas Generales y las Diputaciones Forales, junto con los Entes Institucionales, Sociedades Públicas de ellas dependientes y Fundaciones.
- Las Entidades Locales y sus Entes Institucionales, Sociedades Públicas y Fundaciones.
- Cualquier otra entidad que administre o utilice caudales públicos procedentes de los entes antes enumerados.
• La actividad de cualquier otra persona física o jurídica que reciba ayudas económicas o financieras del Sector Público Vasco. En este caso el alcance de la fiscalización se referirá a la correcta utilización y destino de las ayudas.
El ámbito material de actuación de la función fiscalizadora del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas-Herri-Kontuen Euskal Epaitegia, fijado por la Ley 1/1988, se resume en la verificación de:
• La legalidad de la actividad económico financiera del Sector Público Vasco (SPV).
• La eficacia y eficiencia de la actividad del SPV.
• El sometimiento de la documentación financiera presentada a los principios contables que sean de aplicación.
• La correcta utilización y destino de las ayudas percibidas.
Además de la función fiscalizadora, el TVCP tiene encomendado el asesoramiento al Parlamento Vasco en materia económico financiera, siempre a petición del Pleno del Legislativo.
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